Realizar modificaciones en los reglamentos de tránsito en las ciudades es resultado de cambios en la legislación en materia de movilidad. Los modificaciones a la ley reflejan la necesidad urgente de sensibilizar a la sociedad en general sobre temas que durante mucho tiempo quedaron de lado y que invisibilizaron a peatones y ciclistas en los entornos urbanos.
Sin duda alguna la promulgación de la Ley de Movilidad en la Ciudad de México ha sido un triunfo para el gobierno, pero sobre todo para la sociedad civil, porque este ha sido el primer paso para comenzar a crear un entorno favorable para formas de movilidad no motorizada. Pero el verdadero éxito es haber logrado un reglamento de tránsito con un enfoque diferente, donde la prioridad, por lo menos en el papel, la tiene el peatón.
Algunos de los puntos más relevantes del nuevo reglamento que entra en vigor el 15 de diciembre:
- La prioridad en la vía pública la tienen los peatones, seguidos por los ciclistas y usuarios del transporte público.
- Se redujo el límite de velocidad en las calles para hacerlas más seguras: en carriles centrales de vías de acceso controlado se estableció en 80 km/h, en vías primarias 50 km/h y en secundarias 40 km/h.
- Se prohibe la vuelta continua a la derecha y a la izquierda, a menos que exista una señal para permitirla.
- La distancia mínima para que un vehículo motorizado rebase a los ciclistas y motocicletas es de 1.5 m (antes era de un metro).
- Se establece que los vehículos no motorizados tiene preferencia de paso, sobre todo en las intersecciones sin semáforo.
- En vías secundarias el ciclista puede seguir de frente con la luz roja del semáforo o con señales de alto, esto siempre y cuando se asegure de que no viene un peatón o un vehículo motorizado, disminuya la velocidad y voltee a ambos lados.
- Los automovilistas no pueden utilizar la bocina (claxon) con un fin diferente al de evitar un hecho de tránsito, así como provocar ruido excesivo con el motor.
- Los conductores de vehículos no motorizados deberán portar luces o aditamentos reflejantes en horarios nocturnos o de poca visibilidad.
- Cuando un vehículo no motorizado embista a un peatón sin lesionarlo, puede ser remitido a un juez cívico y le corresponde una multa de 11 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, lo que en pesos representa entre $769.45 y $1,399, o arresto administrativo de 13 a 24 horas.
Un aspecto importante que no se cubrió con este nuevo reglamento es la evaluación para otorgar una licencia de conducir, sin embargo la mayoría de los planteamientos son innovadores con respecto a lo que sucede con otras ciudades y paises de América Latina.
El siguiente paso para mejorar la movilidad en las ciudades es garantizar el cumplimiento de los reglamentos, no sólo a través de las fuerzas de Seguridad Pública, sino a través de una educación vial eficiente y un cambio de cultura que nos lleve a tener una mejor convivencia en las calles.
Aquí puedes descargar el nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
También puedes revisar nuestra edición impresa número 40, donde hablamos del Reglamento de Tránsito de Guadalajara.